Actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes
Fuente: Ceoe Cepyme Cantabria.
Objeto
Alcanzar los objetivos medioambientales y energéticos establecidos en la normativa de la Unión Europea, mediante la realización de actuaciones de reforma de edificios existentes que favorezcan la reducción del consumo de energía final y de las emisiones de dióxido de carbono, mediante el ahorro energético, la mejora de la eficiencia energética y el aprovechamiento de las energías renovables.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en esta Orden, cualesquiera de los sujetos que se enumeran a continuación, para cada tipología de actuación, siempre que tengan residencia fiscal en España:
a) Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública que sean propietarias de edificios.
b) Las comunidades de propietarios constituidas conforme a la Ley de Propiedad Horizontal.
c) Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios.
d) Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios.
e) Las empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos.
f) Las entidades locales y el sector público institucional de cualesquiera administraciones públicas.
g) Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.