PUBLICADO EL NUEVO SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el Real Decreto 145/2024, fechado el 6 de febrero, mediante el cual se establece el salario mínimo interprofesional para el año 20241.

A partir del 1 de enero de 2024, las cuantías del salario mínimo aplicables son las siguientes:

  • Para las personas trabajadoras con contrato fijo: 1.134 euros mensuales en catorce pagas.
  • Para las personas trabajadoras eventuales o temporeras: 1.134 euros mensuales en catorce pagas.
  • Para las empleadas y empleados de hogar: 1.134 euros mensuales en catorce pagas.

Estas nuevas cuantías representan un incremento del cinco por ciento con respecto a las previstas en el Real Decreto 99/2023, que fijó el salario mínimo interprofesional para el año 20231. El objetivo es garantizar una remuneración equitativa y suficiente para las personas trabajadoras y sus familias, al tiempo que se avanza hacia la meta de que el salario mínimo interprofesional alcance el 60 por ciento del salario medio en 20231.

Es importante destacar que esta subida del salario mínimo interprofesional se realiza de acuerdo con el Informe presentado en junio de 2021 por la Comisión Asesora para el Análisis del Salario Mínimo Interprofesional1. El Gobierno busca equilibrar la necesidad de remuneración justa con la estabilidad económica y social.

¿Qué implica este aumento para las empresas?

En primer lugar, hay que tener en cuenta que el salario mínimo interprofesional es la cuantía mínima que debe percibir un trabajador por la realización de su actividad laboral, independientemente de su categoría profesional, sector o convenio colectivo. Por tanto, ninguna empresa puede pagar a sus empleados menos de esta cantidad, salvo que se trate de contratos formativos o de prácticas.

En segundo lugar, hay que tener en cuenta que el salario mínimo interprofesional también afecta a las cotizaciones sociales y a las prestaciones por desempleo, incapacidad temporal, jubilación o viudedad. Esto significa que las empresas tendrán que asumir un mayor coste laboral por cada trabajador, lo que puede repercutir en su competitividad y rentabilidad.

En tercer lugar, hay que tener en cuenta que el salario mínimo interprofesional también tiene un impacto en la negociación colectiva y en los convenios sectoriales. Algunos convenios establecen una cláusula de revisión salarial vinculada al salario mínimo interprofesional, lo que implica que si este sube, también lo harán los salarios pactados en dichos convenios. Además, algunos convenios establecen una cuantía mínima garantizada para cada categoría profesional, que suele ser superior al salario mínimo interprofesional. En estos casos, las empresas tendrán que respetar dicha cuantía mínima garantizada, aunque sea superior al salario mínimo interprofesional.

En conclusión, el aumento del salario mínimo interprofesional para 2024 supone un reto para las empresas, que tendrán que adaptarse a esta nueva realidad y buscar fórmulas para mantener su competitividad y rentabilidad sin perjudicar los derechos de sus trabajadores.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2024-2251

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