LA BAJA TEMPORAL DE VEHÍCULOS SE LIMITA A UN AÑO, AUNQUE NO AFECTA A LOS QUE ESTÉN AHORA EN ESTA SITUACIÓN
Fuente: Fenadismerencarretera.com
El Reglamento General de Vehículos, modificado el pasado mes de noviembre, ha entrado en vigor este 15 de abril con varias novedades, la más destacada es que limita a un año la posibilidad de dar de baja el vehículo, pero no afecta a los vehículos que estén en esta situación en dicha fecha.
Son miles de vehículos de transporte y de viajeros los que están en situación de baja temporal a solicitud de sus propietarios, mayormente por falta de trabajo para ellos. Con la pandemia, la actividad económica se ha reducido de forma significativa y ello ha llevado a muchas empresas a dejar de baja temporal sus vehículos. Mientras el vehículo está de baja no se pagan impuestos por él (Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica) ni el seguro.
Hasta ahora la baja temporal era indefinida, pero el nuevo Reglamento General de Vehículos la limita a un año, al cabo del cual, antes de que finalice, el titular debe solicitar una prórroga si quiere que el vehículo continúe en esta situación, si no, automáticamente se reactivará y empezarán a cargársele las obligaciones que hemos mencionado más arriba.